Responsabilidad

De qué es responsable un agente calificador

Todo lo que la Junta puede hacer, la subsección penal escrita para los contratistas con licencia y no para los que no la tienen, y las tres cosas que dan menos miedo de lo que probablemente le han dicho.

Información general sobre la ley de Florida, no asesoría legal. Hable con un abogado de construcción de Florida antes de aceptar cualquier acuerdo de calificación.

La respuesta corta

Respecto a la empresa que usted califica, usted es responsable de la supervisión de todas las operaciones, de todo el trabajo de campo en todas las obras y de los asuntos financieros, a menos que se haya aprobado un oficial financieramente responsable (FRO). Esa responsabilidad se hace cumplir contra su licencia, y la Junta puede imponerle una multa de hasta $10,000 por infracción, ordenar una restitución, cobrarle el costo de procesarlo e impedirle ocupar cualquier cargo gerencial en la construcción durante cinco años. Lo que no hace es convertirlo en responsable personal de las deudas de la empresa solo por haberla calificado. El Capítulo 489 no crea ninguna causa de acción civil, aunque una demanda ordinaria por negligencia es un asunto aparte y sigue siendo posible.

El estatuto, en un párrafo

All primary qualifying agents for a business organization are jointly and equally responsible for supervision of all operations of the business organization; for all field work at all sites; and for financial matters, both for the organization in general and for each specific job. Florida Statute 489.1195(1)(a).Todos los agentes calificadores principales de una organización comercial son conjunta e igualmente responsables de la supervisión de todas las operaciones de la organización comercial; de todo el trabajo de campo en todas las obras; y de los asuntos financieros, tanto de la organización en general como de cada trabajo específico. Estatuto de Florida 489.1195(1)(a).Traducción de referencia; la ley vale en inglés

Todos los agentes calificadores principales. Una empresa puede tener más de uno y, cuando es así, cada uno de ustedes carga con todo, no con una parte.

Existen dos excepciones, y vale la pena conocerlas antes de suponer que no hay ninguna. Cuando la Junta de Licencias de la Industria de la Construcción (CILB) ha aprobado un oficial financieramente responsable (FRO), usted pasa a ser responsable de todas las actividades de construcción, y el dinero pasa a esa persona. Y un agente calificador secundario, según 489.1195(2)(e), es responsable solo del trabajo de campo en las obras donde su propia licencia obtuvo el permiso, además de cualquier cosa que acepte específicamente, y no es responsable de la supervisión de los asuntos financieros.

  • La condición de secundario no es algo que usted pueda simplemente pedir. Según 489.1195(1), usted es principal a menos que un acuerdo conjunto aprobado por la Junta, firmado por todos los agentes calificadores de una empresa que tenga más de uno, disponga otra cosa.

Lo que la Junta realmente puede hacer

La mayoría de las descripciones se quedan en las multas y la revocación. La lista es más larga, y las partes que la gente omite son las que más duelen.

The board may place on probation or reprimand the licensee, revoke, suspend, or deny the issuance or renewal of the certificate or registration, require financial restitution to a consumer for financial harm directly related to a violation of a provision of this part, impose an administrative fine not to exceed $10,000 per violation, require continuing education, or assess costs associated with investigation and prosecution. Florida Statute 489.129(1).La junta puede poner en período de prueba o amonestar al titular de la licencia, revocar, suspender o negar la emisión o renovación del certificado o registro, exigir una restitución financiera a un consumidor por el daño financiero directamente relacionado con una infracción de una disposición de esta parte, imponer una multa administrativa que no exceda de $10,000 por infracción, exigir educación continua o cobrar los costos asociados con la investigación y el procesamiento. Estatuto de Florida 489.129(1).Traducción de referencia; la ley vale en inglés
  • Restitución al consumidor, que es dinero de su bolsillo por el daño de otra persona.
  • El costo de investigarlo y procesarlo, lo haya impugnado usted o no.
  • Intereses y recargos sobre las multas no pagadas según 489.129(6)(a), y ninguna emisión ni renovación de su licencia hasta que las multas, los costos y la restitución se paguen en su totalidad según (7).
  • Una prohibición de cinco años. Según 489.129(9), un titular cuya licencia sea revocada no puede ser socio, funcionario, director ni fideicomisario de una organización comercial de construcción, ni ser empleado en un cargo gerencial o de supervisión, durante cinco años, y no puede volver a solicitar la licencia durante cinco años.
  • Una suspensión obligatoria de al menos un año de todas sus licencias si se le condena por malversar fondos de construcción según el Estatuto de Florida 713.345, conforme a 489.129(1)(r).

La disposición penal escrita para los agentes calificadores

La mayoría de las páginas sobre la contratación sin licencia citan el estatuto dirigido a las personas sin licencia. Hay una subsección aparte dirigida a las personas con licencia, y esa es la que le concierne a usted.

A certified or registered contractor, or contractor authorized by a local construction regulation board to do contracting, may not enter into an agreement, oral or written, whereby his or her certification number or registration number is used, or to be used, by a person who is not certified or registered as provided for in this chapter, or used, or to be used, by a business organization that is not duly qualified. Florida Statute 489.127(4)(a).Un contratista certificado o registrado, o un contratista autorizado por una junta local de regulación de la construcción para realizar contratación, no puede celebrar un acuerdo, verbal o escrito, mediante el cual su número de certificación o número de registro sea usado, o vaya a ser usado, por una persona que no esté certificada o registrada según lo dispuesto en este capítulo, o sea usado, o vaya a ser usado, por una organización comercial que no esté debidamente calificada. Estatuto de Florida 489.127(4)(a).Traducción de referencia; la ley vale en inglés

La pena, en 489.127(4)(d): un delito menor de primer grado, y un delito grave de tercer grado cuando ha habido una declaración previa de culpabilidad. También está 489.127(4)(c), que tipifica como infracción sacar un permiso a menos que la empresa que usted ha calificado haya contratado realmente el trabajo en esa propiedad.

Una aclaración, porque esta disposición se les cita a los agentes calificadores y no debería. La pena agravada por una infracción cometida durante un estado de emergencia declarado, en 489.127(2)(c), alcanza a las personas sin licencia que infringen la subsección (1). Está dirigida a los oportunistas que llegan tras las tormentas, no a los titulares de licencias.

La oración que decide la mayoría de los casos

Si no lee nada más en esta página, lea esto, porque convierte una discusión sobre la intención en una discusión sobre la presencia.

When a certificateholder or registrant allows his or her certificate or registration to be used by one or more business organizations without having any active participation in the operations, management, or control of such business organizations, such act constitutes prima facie evidence of an intent to evade the provisions of this part. Florida Statute 489.129(1)(e).Cuando el titular de un certificado o registro permite que su certificado o registro sea usado por una o más organizaciones comerciales sin tener ninguna participación activa en las operaciones, la gestión o el control de dichas organizaciones comerciales, tal acto constituye evidencia prima facie de una intención de evadir las disposiciones de esta parte. Estatuto de Florida 489.129(1)(e).Traducción de referencia; la ley vale en inglés

Evidencia prima facie significa que la Junta no tiene que probar que usted tenía la intención de evadir nada. Su ausencia es la prueba, y la carga pasa a usted para justificarla.

No tienen que sorprenderlo haciendo nada. Usted tiene que poder demostrar que estaba ahí.

Por eso la pregunta práctica nunca es cómo se describe el acuerdo. Es si usted podría sentarse frente a alguien que no le cree y describir lo que realmente controlaba, cuándo y con qué evidencia.

Lo que no es tan grave como le han dicho

Tres correcciones, todas a su favor, y una de ellas es algo que una versión anterior de esta página explicó mal, de una manera que lo habría asustado sin necesidad.

Primero, calificar una empresa no lo convierte por sí solo en responsable personal de sus deudas. El estatuto lo dice, y eso es más fácil de comprobar que un caso: según el Estatuto de Florida 489.131(12), salvo disposición específica, las disposiciones de esta parte no se interpretarán como creadoras de una causa de acción civil. La Corte Suprema de Florida llegó a la misma conclusión en Murthy v. N. Sinha Corp., 644 So. 2d 983. Pero lea lo que esa decisión conserva, porque una versión anterior de esta página no lo hizo. Deja intacta una demanda ordinaria por negligencia según el derecho consuetudinario. Esto cierra una puerta, no todas, y no lo protege si ha sido descuidado.

Segundo, la disciplina no recae solo sobre usted. El Estatuto de Florida 489.129(2) permite una multa adicional de hasta $5,000 por infracción contra la organización comercial o contra cualquier socio, funcionario, director, fideicomisario o miembro que haya participado en la infracción o que supiera o debiera haber sabido de ella y no haya tomado medidas correctivas razonables. Y según 489.132, un dueño o directivo sin licencia que oculta actividades importantes al agente calificador principal, o que hace que el trabajo de la empresa se realice sin su supervisión, comete una infracción propia. Ese estatuto existe precisamente para el agente calificador al que se mantuvo a oscuras.

Tercero, una trayectoria larga cuenta, aunque corta en ambos sentidos, y una versión anterior de esta página le contó solo la mitad favorable. La regla 61G4-17.002 se titula Circunstancias Agravantes y Atenuantes, y el tiempo que un titular ha ejercido está entre los factores que la Junta considera. Treinta años pueden servir para argumentar que esto no era propio de usted. Igualmente pueden servir para argumentar que usted, más que nadie, debía saberlo. Según 489.129(4), el departamento debe informar de ambos al juez de derecho administrativo.

Lo que es peor de lo que le han dicho

  • El conocimiento no siempre es necesario, pero tampoco es siempre irrelevante. Varias causales de 489.129(1) dependen de lo que usted sabía, incluida la (d), que se aplica cuando el titular del certificado sabe o tiene motivos razonables para saber que una persona o entidad no estaba certificada. Otras no. Cuál enfrenta usted depende por completo de lo que salió mal.
  • La responsabilidad no termina cuando usted renuncia. Según 489.1195(3)(d), un cambio de condición tiene efecto solo hacia el futuro, y usted sigue siendo responsable de los asuntos de los que era responsable mientras tenía esa condición. El Capítulo 489 no establece ningún plazo de prescripción para la disciplina de la Junta.
  • Que la empresa se disuelva no borra el historial de nadie. Según 489.129(10), la Junta puede negar o revocar la licencia de un agente calificador basándose en que una organización comercial que él califica, o sus funcionarios, fueron multados anteriormente, y según 489.119(2)(c) puede negar una solicitud para calificar una empresa cuyos funcionarios registrados hayan estado involucrados en acciones disciplinarias anteriores.
  • Un subcontratista con licencia trabaja bajo su propia licencia y su propio agente calificador, no bajo los suyos. Pero uno sin licencia es otro asunto, y asociarse o confabularse con una persona sin licencia permitiendo que se use su licencia es por sí mismo una causal según 489.129(1)(e).
Vea lo que verificamos antes de presentar a nadie

Ambas partes contra el registro estatal, siempre.

Preguntas comunes

Preguntas frecuentes

¿De qué es responsable un agente calificador en Florida?+

De la supervisión de todas las operaciones de la organización comercial, de todo el trabajo de campo en todas las obras y de los asuntos financieros, tanto en general como de cada trabajo específico, según el Estatuto de Florida 489.1195(1)(a). Cuando la Junta ha aprobado un oficial financieramente responsable (FRO), el agente calificador pasa a ser responsable de todas las actividades de construcción y la parte financiera se traslada.

¿Me pueden demandar personalmente por las deudas de la empresa?+

No simplemente por haberla calificado. El Estatuto de Florida 489.131(12) dice que, salvo disposición específica, las disposiciones de esta parte no se interpretarán como creadoras de una causa de acción civil, y la Corte Suprema de Florida resolvió lo mismo en Murthy v. N. Sinha Corp., 644 So. 2d 983. Esa decisión conserva una demanda ordinaria por negligencia según el derecho consuetudinario, y nada de esto afecta lo que usted haya garantizado personalmente o se haya comprometido a indemnizar.

¿Cuál es la multa máxima?+

Hasta $10,000 por infracción según el Estatuto de Florida 489.129(1), más hasta $5,000 adicionales por infracción contra la organización comercial o sus funcionarios según (2). La Junta también puede ordenar una restitución al consumidor y cobrar los costos de investigar y procesar el caso.

¿Puedo ir a prisión por ser agente calificador?+

Celebrar un acuerdo para permitir que su número de certificación o registro sea usado por una persona o empresa que no está debidamente calificada es un delito menor de primer grado según el Estatuto de Florida 489.127(4), y un delito grave de tercer grado cuando ha habido una declaración previa de culpabilidad. La pena agravada por infracciones durante un estado de emergencia declarado, en 489.127(2)(c), alcanza a las personas sin licencia, no a los titulares de licencias.

¿Me ayuda haber tenido mi licencia durante décadas?+

Cuenta, y puede ir en cualquier dirección. La regla 61G4-17.002 se titula Circunstancias Agravantes y Atenuantes, y el tiempo de ejercicio está entre lo que la Junta considera, así que las décadas pueden leerse como algo impropio de usted o como que usted debía saberlo. Según 489.129(4), el departamento debe informar de ambos al juez de derecho administrativo. Ninguno de los dos responde si hubo o no una infracción.

¿Soy responsable del trabajo que la empresa hizo antes de que yo fuera el agente calificador?+

No de los actos de su predecesor, como lo dice expresamente 489.1195(3)(d). Pero un trabajo que comenzó antes de su llegada y continúa bajo su supervisión es suyo mientras usted lo supervisa, y algunas infracciones se concretan durante un período en el cargo y no al inicio de un trabajo. La respuesta clara es que usted es responsable de lo que surgió mientras tenía esa condición.

¿Y si la empresa me ocultó cosas?+

Para eso existe el Estatuto de Florida 489.132. Un dueño o directivo sin licencia que oculta actividades importantes al agente calificador principal, o que a sabiendas hace que la contratación de la empresa se realice sin su supervisión, comete una infracción que conlleva una multa de $5,000 más los costos de investigación y legales. No lo excusa automáticamente, pero es una disposición real y está de su lado.

¿Esto es asesoría legal?+

No. Esta es una lectura sencilla de los Estatutos de Florida 489.119, 489.127, 489.129, 489.132 y 489.1195 y de la regla 61G4-17.002, con la cita del caso para que pueda llevarla a un abogado. Si ya enfrenta una queja, hable con un abogado de construcción de Florida y no con nosotros.